Deseo difundir los aspectos mas salientes que surgen como consecuencia de la modificación de la Ley de Promoción Industrial de la provincia. He visto varios casos en que los industriales, sea cual fuere el tamaño de su emprendimiento, y quienes los asesoran no estan de todo al tanto de los beneficios a los que pueden acceder a través de gestiones que no presentan mayor dificultad, espero contribuya a conocer estos beneficios.
El resumen citado parcialmente tiene como fuente la Corporación para el Desarrollo de Paraná.(CODEPA)
"A través de Ley Nº 10204/13 de Promoción
Industrial, la provincia de Entre Ríos estableció, desde el 26 de marzo último,
un ventajoso régimen normativo cuyos principales objetivos son: favorecer el
desarrollo integral y armónico de la economía provincial. Promover la
transformación del perfil productivo de la provincia, mediante la promoción de
la creación de valor agregado en origen, en un marco de uso sustentable de los
recursos naturales y plena conservación y preservación del medio ambiente..."
"PRINCIPALES BENEFICIOS. Exenciones de impuestos
provinciales referidos en la normativa: Ingresos Brutos, a ventas mayoristas;
inmobiliario (respecto el lugar de radicación de la planta fabril); automotor
(sobre un número determinado de unidades afectadas a la operatoria fabril);
sellos, sobre las tareas pertinentes vinculadas a la inversión efectuada;
exención por un año del aporte patronal de la Ley 4035 para nuevos puestos de trabajo que se
realicen en tanto impliquen un incremento en la nómina de empleados, sin que se
verifiquen despidos o cesantías injustificadas.
"Los sujetos beneficiarios podrán gozar de exenciones totales
o parciales en los impuestos provinciales por un plazo de hasta 15 años. El
beneficio de exención se otorgará por decreto del Poder Ejecutivo Provincial.
Las exenciones serán del 100% en los primeros cinco años, del 75% desde el año
6 al 10 y del 50% desde el año 11 al 15. Preferencia en licitaciones y compras
del Estado provincial. Exenciones, o diferimientos sobre tasas y derechos que
cada municipio establezca de conformidad a su pertinente adhesión a la Ley. Descuentos en
las prestaciones de servicios de energía eléctrica según lo establezca el
Decreto Reglamentario. Asistencia en la gestión de los recursos humanos según
lo establezca el decreto reglamentario. Ampliación de beneficio de exención a
Ingresos Brutos para las ventas mayoristas en cinco años, y exención del
Impuesto Automotor en más unidades para las empresas que se radiquen en los
parques y áreas industriales reconocidos por la provincia. Régimen de incentivo
regional para áreas de la provincia con desarrollo productivo relativo menor y régimen
de incentivo productivo sectorial para los rubros productivos que el gobierno
provincial considere estratégicos. Reintegros de hasta el 50% en las obras de
infraestructuras vinculadas al servicio eléctrico y de gas para plantas a
radicarse en parques y áreas industriales reconocidos por la provincia. Las
plantas industriales que utilicen energías renovables se verán beneficiadas con
un incremento del 5% adicional, respecto de la reducción estipulada vinculada
al consumo eléctrico de uso industrial."
Hola Gastón, tenés idea si está listo el decreto reglamentario de la ley?
ResponderEliminarSaludos. Sebastián
Hola Sebastián, tengo entendido que la reglamentación está lista pero aún no cuento con una copia y sinceramente no se si fue finalmente firmado. La dirección de industria y parques industriales trabajo en ello, podes comunicarte al 0343-4207861 / 4208899, la dirección es Cervantes 69 -Paraná.
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