martes, 13 de agosto de 2013

Principales Beneficios de la Ley de Promoción Industrial Nº 10204/13

Deseo difundir los aspectos mas salientes que surgen como consecuencia de la modificación de la Ley de Promoción Industrial de la provincia. He visto varios casos en que los industriales, sea cual fuere el tamaño de su emprendimiento, y quienes los asesoran no estan de todo al tanto de los beneficios a los que pueden acceder a través de gestiones que no presentan mayor dificultad, espero contribuya a conocer estos beneficios.
El resumen citado parcialmente tiene como fuente la Corporación para el Desarrollo de Paraná.(CODEPA)

"A través de Ley Nº 10204/13 de Promoción Industrial, la provincia de Entre Ríos estableció, desde el 26 de marzo último, un ventajoso régimen normativo cuyos principales objetivos son: favorecer el desarrollo integral y armónico de la economía provincial. Promover la transformación del perfil productivo de la provincia, mediante la promoción de la creación de valor agregado en origen, en un marco de uso sustentable de los recursos naturales y plena conservación y preservación del medio ambiente..."
"PRINCIPALES BENEFICIOS. Exenciones de impuestos provinciales referidos en la normativa: Ingresos Brutos, a ventas mayoristas; inmobiliario (respecto el lugar de radicación de la planta fabril); automotor (sobre un número determinado de unidades afectadas a la operatoria fabril); sellos, sobre las tareas pertinentes vinculadas a la inversión efectuada; exención por un año del aporte patronal de la Ley 4035 para nuevos puestos de trabajo que se realicen en tanto impliquen un incremento en la nómina de empleados, sin que se verifiquen despidos o cesantías injustificadas.

"Los sujetos beneficiarios podrán gozar de exenciones totales o parciales en los impuestos provinciales por un plazo de hasta 15 años. El beneficio de exención se otorgará por decreto del Poder Ejecutivo Provincial. Las exenciones serán del 100% en los primeros cinco años, del 75% desde el año 6 al 10 y del 50% desde el año 11 al 15. Preferencia en licitaciones y compras del Estado provincial. Exenciones, o diferimientos sobre tasas y derechos que cada municipio establezca de conformidad a su pertinente adhesión a la Ley. Descuentos en las prestaciones de servicios de energía eléctrica según lo establezca el Decreto Reglamentario. Asistencia en la gestión de los recursos humanos según lo establezca el decreto reglamentario. Ampliación de beneficio de exención a Ingresos Brutos para las ventas mayoristas en cinco años, y exención del Impuesto Automotor en más unidades para las empresas que se radiquen en los parques y áreas industriales reconocidos por la provincia. Régimen de incentivo regional para áreas de la provincia con desarrollo productivo relativo menor y régimen de incentivo productivo sectorial para los rubros productivos que el gobierno provincial considere estratégicos. Reintegros de hasta el 50% en las obras de infraestructuras vinculadas al servicio eléctrico y de gas para plantas a radicarse en parques y áreas industriales reconocidos por la provincia. Las plantas industriales que utilicen energías renovables se verán beneficiadas con un incremento del 5% adicional, respecto de la reducción estipulada vinculada al consumo eléctrico de uso industrial."
 




2 comentarios:

  1. Hola Gastón, tenés idea si está listo el decreto reglamentario de la ley?
    Saludos. Sebastián

    ResponderEliminar
  2. Hola Sebastián, tengo entendido que la reglamentación está lista pero aún no cuento con una copia y sinceramente no se si fue finalmente firmado. La dirección de industria y parques industriales trabajo en ello, podes comunicarte al 0343-4207861 / 4208899, la dirección es Cervantes 69 -Paraná.

    ResponderEliminar